DISTRITO EDUCATIVO 08
Somos una Instancia Educativa Gubernamental,
dependencia técnica, adscrita a la Regional de Educación 08, Santiago, del
Ministerio de Educación de la República Dominicana, responsable de orientar los
procesos pedagógicos y administrativos para garantizar la calidad educativa de
su jurisdicción.
Fundado bajo la Orden Departamental 02-2015 de
fecha 28 de agosto de 2015, donde se aprueba la creación de diecisiete (17)
nuevos distritos escolares alrededor del país, a los fines de eficientizar la
calidad educativa y el fortalecimiento institucional.
Nace del Distrito Educativo 08-03, Santiago
Sureste, inicia sus operaciones a partir del año escolar 2018-2019 con
el nombramiento de su Directora Distrital, la Mtra. Hildania López.
e acuerdo a lo establecido en el Manual
Operativo de Distritos de Educación (MODE), es un Distrito Educativo tipo I, su
geografía comprende el Municipio de Licey al Medio y el Distrito Municipal de
Las Palomas, con un total de 35 centros educativos: 25 públicos, 02
semioficiales y 08 privados, con una matrícula de 7,051 estudiantes (año
escolar 2019-2020).
FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
Misión
Garantizar la calidad del servicio educativo y sus
resultados mediante el acompañamiento, seguimiento y supervisión de la gestión
de los centros educativos de su jurisdicción y el involucramiento de la
comunidad en el logro de objetivos y el desarrollo de su entorno.
Visión
Ser reconocidos por nuestra contribución al desarrollo
local mediante la prestación de un servicio educativo de calidad coherente con
las características del área geográfica y con las necesidades y aspiraciones de
la comunidad que servimos.
Valores:
§
Identidad
Estamos convencidos y nos reconocemos ciudadanos al
servicio de la educación, lo que nos orienta y concede la libertad y el
compromiso de elegir qué queremos ser como nación y la manera de lograrlo, de
conformidad con nuestras características socioculturales e individuales.
§
Justicia y Equidad
Procedemos en igualdad de condiciones y oportunidades,
en un ambiente institucional que garantiza, a todos y todas, los medios para
incrementar el talento y la capacidad inventiva necesarios para ser
autosuficientes y responsables de sí mismos, sin discriminación de raza, credo,
estado físico, intelectual o social.
§ Calidad
y búsqueda de excelencia.
Mantenemos altos niveles de eficiencia y eficacia,
formalizando servicios educativos de óptima efectividad, para sustentar nuestra
misión y visión.
§
Desarrollo Integral
Estamos comprometidos con el desarrollo de las
capacidades de las personas para hacer y ser, mediante el mejoramiento continuo
y sostenido de sus condiciones sociales, tanto individuales como colectivas.
BASE LEGAL
El Distrito de Educación, sustenta su actividad y
funcionamiento en el marco normativo vigente para el Sistema Educativo
Preuniversitario.
Constitución de la República Dominicana del 2015. Art.
63 Derecho a la educación, que establece que “Toda
persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en
igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas
de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”.
§ Ley
No. 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. G. O. No.
10656 del 26 de enero de 2011, que manda impulsar la modernización
institucional del sistema educativo público a todos los niveles de gestión
(escuela, Distrito de Educación, regional de educación y Sede Central), tomando
como foco de atención el centro educativo, con el propósito de producir una
desconcentración progresiva hacia el nivel local que permita mejorar la
eficacia y eficiencia del sistema educativo.
§ Ley
Orgánica de la Administración Pública, No. 247-12. G. O. No. 10691 del 14 de
agosto de 2012, que tiene por objeto concretizar los
principios rectores y reglas básicas de la organización y funcionamiento de la
Administración Pública, así como las normas relativas al ejercicio de la
función administrativa por parte de los órganos y entes que conforman la
Administración Pública del Estado.
§ Ley
No. 41-08 de Función Pública y sus reglamentos complementarios,
que regula las relaciones de trabajo de las personas designadas por la
autoridad competente para desempeñar los cargos presupuestados para la
realización de funciones públicas en el Estado, los municipios y a las
entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral
de sus servidores.
§ Ley
General de Educación No. 66-97, que garantiza el
derecho de todos y todos los habitantes de la República Dominicana a la
educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus
organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren
autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley
además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso
educativo nacional.
§ Ley
No. 136-03, que establece el Código para la
Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Decreto
No. 645-12, que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de
Educación. Se define como el conjunto de disposiciones normativas tendentes a
instrumentar la Ley general de Educación en materia organizacional y de
gestión.
§ Decreto
No. 639-03, que establece el Reglamento del Estatuto
del Docente y constituye el conjunto de disposiciones basadas en la Ley General
de Educación 66- 97, que tiene por objeto facilitar la aplicación de todo lo
relativo al estatuto docente.
§ Decreto
No. 710-04, que establece la división política
administrativa del Estado Dominicano.
§ Ordenanza
No. 1´96, que establece el sistema de evaluación
del currículo de la educación inicial, básica, media, especial y adultos.
§ Ordenanza
№ 02-2008, que establece el Reglamento de las
Juntas Descentralizadas a nivel Regional, Distrital y Local (centros, planteles
y redes rurales de Gestión Educativa).
§ Ordenanza
No. 4’99, que establece El Reglamento Orgánico de
Instituciones Educativas Públicas.
§ Ordenanza
No. 4´2000, que establece el Reglamento de las
Instituciones Educativas Privadas.
§ Resolución
0668´11, que establece la transferencia de
recursos financieros a las juntas regionales, distritales y de centros
educativos.
§ Instructivo
para el manejo de fondos transferidos a las Juntas Regionales, de Distrito y de
Centro Educativo. Incorpora los aspectos relacionados a
los procedimientos de asignación de recursos a la junta y al manejo y rendición
de cuentas.
§ Ordenanza
No.03-2013, mediante la cual se modifica la
estructura académica del sistema educativo dominicano, estableciendo tres
niveles educativos de seis (6) años cada uno, subdivididos en dos (2) ciclos de
tres (3) años, que entrarán en vigencia por etapas.
§ Resolución
421-2011, que autoriza la construcción de
propuestas flexibles para las Personas Jóvenes y Adultas
§ Ordenanza
No. 1-2015, que establece el currículo revisado y
actualizado del Nivel Inicial
§ Ordenanza
No. 2-2015, que establece el currículo revisado y
actualizado del Nivel Primario;
§ Ordenanza
No. 1-2016, que norma el Sistema de Pruebas
Nacionales y de Evaluación de los logros de aprendizaje
§ Ordenanza
No. 02-2016, referente a la evaluación que
incluye la actualización y revisión del currículo por competencias, en este
documento hace referencia a la Ordenanza 1-96.
§ Ordenanza
No. 01-2017, que establece el proceso de
Validación del Diseño Curricular Revisado y Actualizado del Primer Ciclo del
Nivel Secundario y su Sistema de Evaluación, para la educación pública y
privada en el año 2016-2017.
§ Ordenanza
No. 02-2017, que norma para fines de
certificación el primer año de estudio de la cohorte correspondiente al año
2016-2017 del diseño curricular revisado y actualizado de la Modalidad en
Artes.
§ Ordenanza
No. 03-2017, que establece la validación de las
directrices de la Educación Técnico-Profesional, así como su aplicación en los
Subsistemas de Educación de Adultos y de Educación Especial en lo referente a
lo vocacional laboral.
§ Ordenanza
No. 04-2017, que establece el Reglamento del
Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabe) y modifica la Ordenanza No.
12’2003.
§ Ordenanza
No. 06-2017, por la que se validan los títulos de
Técnico Básico y Bachiller Técnico de la Familia Profesional de Informática y
Comunicaciones.
§ Ordenanza
No. 09-2017, por la que se validan los títulos de
Técnico Básico y Bachiller Técnico de la Familia Profesional Industrias
Alimentarias y Química.
§ Ordenanza
No. 14-2017, por la que se validan los títulos
de Técnico Básico y Bachiller Técnico de la Familia Profesional Administración
y Comercio.
§ Ordenanza
No. 18-2017, por la que se validan los títulos
de Técnico Básico y Bachiller Técnico de la Familia Profesional Salud.
§ Ordenanza
No. 22-2017, que establece el proceso de
validación del diseño curricular revisado y actualizado, y el sistema de
evaluación de la Modalidad Académica del Nivel Secundario para la educación
pública y privada.
§ Ordenanza
No. 23-2017, que norma la entrada en validación del
diseño curricular revisado y actualizado de la Modalidad en Artes, del Segundo
Ciclo del Nivel Secundario a partir del año 2017-2018.
§ Ordenanza
No. 24-2017, que reglamenta el Sistema Competitivo de
Selección de Directores Regionales y Distritales.
§ Ordenanza
No. 26-2017, que establece el Reglamento de
Evaluación de los Medios y Recursos para el Aprendizaje y Modifica la Ordenanza
No.6´2003.
§ Ordenanza
No. 28-2017, que dispone la derogación del artículo
noveno (9°) de la Ordenanza No. 4-2000, que instituye el reglamento de las
instituciones educativas privadas, de fecha veintisiete (27) de junio del año
dos mil (2000).
§ Ordenanza
No. 29-2017, que aprueba el Plan Estratégico
Institucional 2017-2020 del Ministerio de Educación.
COMPETENCIAS ORGANIZACIONALES
El distrito educativo 08-08, en cumplimiento con lo
establecido por el Ministerio de Educación, sustentado en la Ley General de
Educación no. 66’97, asume, practica y exhibe siete competencias básicas en
todo su accionar, actores y sectores.
Las competencias se definen como la capacidad para
actuar de manera eficaz y autónoma en contextos diversos movilizando de forma
integrada conceptos, procedimientos, actitudes y valores. Dichas competencias
son esenciales para el desarrollo pleno e integral del ser humano en sus
distintas dimensiones y se sustentan en los principios de los Derechos Humanos
y en los valores universales (Bases de la Revisión y Actualización Curricular).
Competencia ética y ciudadana
Las personas del Distrito se relacionan con los otros
y las otras con respeto, justicia y equidad, en los ámbitos personal, social e
institucional; cuestionan con criticidad las prácticas violatorias de los
derechos humanos, el uso de la violencia en cualquier situación, y transforman
las relaciones y normas sociales sobre la base de los principios de la
democracia participativa.
Competencia comunicativa
Las personas del Distrito comprenden y expresa ideas,
sentimientos, valores culturales en distintas situaciones de comunicación,
empleando diversos sistemas con la finalidad de afianzar su identidad,
construir conocimientos, aprender la realidad y establecer relaciones
significativas con la sociedad.
Competencia de pensamiento lógico, creativo y crítico
Las personas del Distrito procesan representaciones
mentales, datos e informaciones para construir conocimientos, llegar a
conclusiones lógicas y tomar decisiones, evaluar y argumentar posturas, abordar
la realidad desde perspectivas no convencionales, establecer metas y medios
novedosos para lograrlas y examinar la validez de los juicios y opiniones.
Competencia de resolución de problemas
Las personas del Distrito reconocen la existencia de
un hecho o circunstancia que dificulta la consecución de un fin deseado,
establece su naturaleza y plantea estrategias para dar respuestas creativas y
novedosas de acuerdo al contexto
Competencia científica y tecnológica
Las personas del Distrito plantean, explican,
interpretan, diseñan experimentos y resuelve situaciones presentes en el
entorno natural y social a partir de la percepción del mismo, aplicando
conceptos, modelos, teorías, leyes, las Tecnologías de la Información y de la
Comunicación (TIC) y las metodologías científicas, con el fin de transformar la
realidad para una mejor calidad de vida.
Competencia ambiental y de la salud
Las personas del Distrito actúan en beneficio de su
propia salud integral y la de su comunidad, en interrelación, preservación y
cuidado de la naturaleza y del ambiente social, a fin de contrarrestar los
efectos negativos generados por la acción humana, evitar otros danos y promover
de forma autónoma y sostenible la vida y la salud del planeta.
Competencia de desarrollo personal y espiritual
Las personas del Distrito actúan asertivamente
confiando en sí mismas, integrando sus historias familiares y personales, sus
sentimientos, cualidades, fortalezas y limitaciones en interrelación con los y
las demás y con su entorno, construyendo, desde su ser espiritual, el sentido
de su vida con vocación de plenitud y felicidad.
Política de Calidad
El Distrito de Educación se rige en una política
orientada al mejoramiento del Sistema Educativo, mediante la provisión de un
servicio efectivo y la consecución de resultados de calidad para la
satisfacción plena de los usuarios, a través de la gestión eficiente de sus
procesos, de un personal competente en el desarrollo de sus funciones y el
cumplimiento de la normativa vigente.
Objetivos Generales (funciones)
1. Acompañar a los centros educativos en la
adopción de políticas, estrategias, y metodologías de gestión.
2. Procurar la correcta aplicación de la
política y normativa vigente relativa a la administración escolar, a la
prestación de los servicios educativos y gestión de bienes en los centros
asignados a su jurisdicción.
3. Diagnosticar necesidades y situaciones educativas
en su ámbito de competencia, mediante la constante recolección, procesamiento y
análisis de información.
4. Promover una gestión educativa que garantice la
evaluación efectiva de los resultados.
5. Formular los planes y presupuesto propios y
orientar la formulación de los planes y el presupuesto de los centros de su
jurisdicción.
6. Promover la aplicación, desarrollo y
evaluación del currículo y el uso adecuado de los materiales educativos y las
tecnologías de la información y comunicación en los procesos de aula.
7. Fomentar el vínculo escuela comunidad
mediante la conformación y seguimiento de los organismos legalmente
establecidos y la integración de la sociedad.
8. Garantizar la gradualidad de la
implementación de la política de descentralización educativa.